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Discapacidad

  • dfarfan68
  • 11 ene 2023
  • 1 Min. de lectura

El beneficiario deberá acreditar su condición presentando el “certificado de discapacidad”, emitido por Juntas Médicas Provinciales.

  • Cobertura a cargo de la Obra Social en un 100% de las prestaciones básicas: asistencia médica integral, odontológica, educación especial, atención psicoterapéutica, rehabilitación, y traslados del paciente con capacidades diferentes.

  • El beneficiario deberá iniciar anualmente un trámite para la autorización y cobertura de dichas prestaciones, cumpliendo los requisitos exigidos por la Administración de Programas Especiales (APE).


Los medicamentos inherentes a la patología específica tienen una cobertura del 100%, y el resto de los medicamentos tendrán una cobertura del 40% según se dispone en el Programa Medico Obligatorio (PMO).

 
 
 

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